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jueves, 3 de enero de 2013

Protección jurídica y administrativa

Existen diversas leyes, internacionales, nacionales y regionales con el objetivo de garantizar la salvaguarda del patrimonio. ¿Qué podemos definir como patrimonio?, según la Real Academia de la Lengua Española la palabra patrimonio responde a diversas acepciones, pero la que más nos interesa a nosotros es: "conjunto de bienes pertenecientes a una persona natural o jurídica, o afectos a un fin, susceptibles de estimación económica". Aclarado ya el concepto de patrimonio, queda ver que leyes se aplican en el museo arqueológico de Lorca.

Normativa estatal.

En primer lugar está la normativa estatal con la Ley del Patrimonio Histórico Español de 1985, que constituye el marco legal más amplio para el tratamiento de los bienes culturales de nuestro país y cuyos objetivos fundamentales son la protección, el acrecentamiento y la transición del patrimonio español a las generaciones futuras. Al año se publica el Real Decreto de Desarrollo parcial 111/1986 modificado en 1994, y después el Reglamento de Museos.

Normativa regional.

En el caso de la Región de Murcia destaca inicialmente la Ley 4/1990 de medidas de fomento del Patrimonio Histórico de la Región de Murcia. En segundo lugar, y la que más nos interesa a nosotros dado el caso, la Ley 5/1996 de Museos de la Región de Murcia. Y finalmente la Ley 4/2007, que regula el patrimonio cultural de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Normativa Internacional.

La normativa internacional viene en forma de cartas y recomendaciones, iniciándose con la Carta de Atenas (1931 y 1933), la Carta de Venecia sobre la Conservación y la Restauración de los Monumentos y los Sitios (1966). Encontramos diversas normativas, Cartas y recomendaciones de la Unesco para la conservación y protección del Patrimonio Histórico. Hay que destacar por último las recomendaciones del Consejo de Europa, sobre protección del Patrimonio Cultural, que conducen a una normativa específica en el ámbito de la Unión Europea.

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